Consultoría Jurídica Humanista.
1.- El Derecho a la salud es un derecho humano consagrado en el artículo 2 que se refiere a los Pueblos Indígenas y el 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2.-Toda persona tiene derecho a la protección de la salud yLa profesión del Medico es cien por ciento Humanista y para nadie es un secreto la falta de medicinas, instrumentos quirúrgicos y de recursos humanos en Hospitales del País motivo por el cual esa no es responsabilidad del médico sino atender, valorar, dar la receta y si no hay medicinas es responsabilidad de la Institución.
Los Derechos de los Pacientes de acuerdo a la Ley de Salud son Diez:
I.-Recibir atención médica adecuada.
II.-Recibir trato digno y respetuoso.
III.-Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz.
IV.-Decidir libremente sobre tu atención.
V.-Otorgar o no tu consentimiento válidamente informado.
VI.-Ser tratado con confidencialidad.
VII.-Contar con facilidades para obtener una segunda opinión.
VIII.–Recibir atención médica en caso de urgencia.
IX.-Contar con un expediente clínico.
X.-Ser atendido cuando te inconformes por la atención médica recibida.
3.- Sabias que en caso de que te sientas vulnerado por la violación de un derecho como paciente o una mala praxis médica de actuación del profesional, técnico y auxiliar de las disciplinas para la salud puedes acudir a la Comisión Nacional de arbitraje Médico (Conamed) el cual se creó para que los usuarios de los servicios de salud puedan presentar una queja por probables actos u omisiones derivados de la prestación de los servicios médicos y tanto el paciente como el prestador de servicio de salud quieran resolverla de manera pacífica, mediante acuerdos conciliatorios y el arbitraje.
4.- La Queja debe presentarse ante la Conamed de manera personal por el quejoso ya sea en forma verbal (vía telefónica) o escrita y deberán contener el Nombre, domicilio y en su caso, el número telefónico del quejoso y del prestador del servicio médico contra el cual se inconforme, Una breve descripción de los hechos motivo de la queja, Número de afiliación (IMSS –ISSSTE) o de registro del usuario, cuando la queja sea interpuesta en contra de instituciones públicas que asignen registro a los usuarios, Pretensiones que deduzca del prestador del servicio, Si actúa a nombre de un tercero, la documentación probatoria de su representación sea en razón de parentesco o por otra causa Identificación con firma y fotografía o huella digital del quejoso, a la queja se agregará copia simple y legible de los documentos que soporte los hechos manifestados (notas y recetas médicas, carnet de citas, etc.). La Conamed te ofrece los servicios de Orientación, Asesoría, Gestión para la Atención Médica y la Queja. Además, todos los servicios SON GRATUITOS y estas oficinas se encuentran en la Calle Mitla Numero 250 esquina Eje Sur (Eugenia) Col. Vertiz Narvarte. Benito Juarez CDMC con CP: 03600 y teléfonos 5920-7000 y 0155-54-20-7000 orientacion@conamed.gob.mx
5.- Así mismo el paciente puede presentar su denuncia en la Fiscalía por delitos cometidos por médicos, auxiliares y otros relacionados con la práctica de la medicina tipificados en el Código Penal del Estado de Veracruz su artículo 253 señala penas entre seis meses a cinco años de prisión y multa de doscientos días de salario y suspensión de dos meses a dos años para ejercer la profesión del médico.
6.- Los delitos que pueden incurrir los médicos es cuando habiendo otorgado responsiva para hacerse cargo de la atención de un lesionado, lo abandone sin causa justa y sin dar aviso inmediato a la autoridad competente, cuando realice una intervención quirúrgica sin la autorización del paciente o de quien legítimamente pueda otorgarla salvo en casos de urgencia que ponga en peligro la vida del enfermo, cause la pérdida de un miembro o afecte la integridad de una función vital, realice una intervención quirúrgica innecesaria, se niegue a prestar asistencia a un enfermo en caso de urgencia notoria, sin causa justificada, poniendo en peligro la vida o la salud de aquel y certifique falsamente que una persona tiene una enfermedad u otro impedimento bastante para dispensarla de cumplir una obligación que la ley impone o para adquirir un derecho.
Por. – Maestro Juan Carlos Charleston Salinas, Abogado y Defensor de Oficio del Poder Judicial del Estado de Veracruz. Juanccharleston@hotmail.com.