En la actualidad la inseguridad es un tema que día a día vivimos los mexicanos y como consecuencia de ello cuando somos víctimas de un delito no sabemos qué derechos tenemos y solo escuchamos de la Presunción de Inocencia, de los derechos humanos de los detenidos, de la Violación al debido Proceso y de los derechos que tienen los imputados y ante esta situación ya mejor ni queremos denunciar ni continuar con el Proceso Penal o el que se trate.
En la actualidad lo que falta es promover la Cultura de los Derechos de las Victimas y los Servidores Públicos encargados de Procurar e Impartir Justicia tienen la obligación de facilitar esos derechos a las Víctimas del delito.
Tienen derecho de contar con un Asesor Jurídico de manera gratuita quien deberá salvaguardar para que No le nieguen la recepción del trámite de una denuncia, retardar o entorpecer la función de la investigación o procuración de justicia de la practica negligente de las diligencias y a que se le repare el daño.
Las víctimas del delito y de presuntas violaciones a sus derechos humanos es necesario una atención especializada y que se priorice su posición como un sector vulnerable.
Si tú eres Víctima de un Delito tienes derecho a lo siguiente y debes exigirlo:
I.- Recibir asesoría jurídica; ser informado de los derechos que en su favor establece la Constitución y ser informado del desarrollo del procedimiento penal;
2.- Coadyuvar con el Ministerio Público; a que se le reciban todos los datos o elementos de prueba con los que cuente, tanto en la investigación como en el proceso, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, y a intervenir en el juicio e interponer los recursos en los términos que prevea la ley.
Cuando el Ministerio Público considere que no es necesario el desahogo de la diligencia, deberá fundar y motivar su negativa;
3.- Recibir, desde la comisión del delito, atención médica y psicológica de urgencia;
4.-Que se le repare el daño. En los casos en que sea procedente, el Ministerio Público estará obligado a solicitar la reparación del daño, sin menoscabo de que la víctima u ofendido lo pueda solicitar directamente, y el juzgador no podrá absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia condenatoria.
5.- Al resguardo de su identidad y otros datos personales en casos: cuando sean menores de edad; cuando se trate de delitos de violación, trata de personas, secuestro o delincuencia organizada; y cuando a juicio del juzgador sea necesario para su protección, salvaguardando en todo caso los derechos de la defensa.
El Ministerio Público deberá garantizar la protección de víctimas, ofendidos, testigos y en general todos los sujetos que intervengan en el proceso.
6.-Solicitar las medidas cautelares y providencias necesarias para la protección y restitución de sus derechos, y
7. – Impugnar ante autoridad judicial las omisiones del Ministerio Público en la investigación de los delitos, así como las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal o suspensión del procedimiento cuando no esté satisfecha la reparación del daño.
Sabías que existe un Centro Estatal de Víctimas que su función es la atención inmediata y de primer contacto, que proporciona a las víctimas de manera gratuita ayuda psicológica, médica y de trabajo social, así como el acompañamiento desdeel inicio hasta la conclusión del Proceso Penal.
Los Asesores Jurídicos de Coatzacoalcos sus oficinas se encuentran en el Centro Integral de Justicia.
Por. – Maestro Juan Carlos Charleston Salinas, Abogado y Defensor de Oficio del Poder Judicial del Estado de Veracruz.