Esta cápsula Jurídica tiene la finalidad de informar, orientar y educar en la legalidad a la ciudadanía para que conozca y haga valer sus derechos,
Vamos a explicar al ciudadano de pie que es el Juicio Abintestato y para qué sirve, por lo que la palabra Ab intestato significa sin Testamento y de manera sencilla decimos “que murió la persona sin testar”.
En ese orden de ideas el juicio Abintestato es un procedimiento Judicial sobre la herencia de la persona que muere sin dejar testamento por lo que sus bienes y propiedades son intestados.
En ese sentido, para que los herederos puedan disponer de los bienes heredados y escriturarlos a su nombre es importante iniciar un procedimiento sucesorio y desahogar las siguientes etapas:
1.-La apertura de la sucesión,
2.- La declaratoria de herederos y Albacea,
3.- La Formación del Inventario, Avalúo y Administración de los bienes, y;
4.- La partición y Adjudicación de bienes.
La apertura de la sucesión intestamentaría puede iniciarse por dos vías distintas: una ante una Notaria Publica o ante el Juzgado de los Familiar, dependiendo del caso concreto es decir cuando los herederos están de acuerdo con la herencia y en cómo se va a repartir la misma, el procedimiento sucesorio puede iniciarse ante Notario Público, en cambio, si existe un conflicto o cualquier tipo de controversia entre los herederos al respecto, dicho procedimiento forzosamente deberá iniciarse ante un juez de los familiar.
De manera muy breve, sencilla y general explicaremos que el procedimiento se realiza ante un juez de lo familiar es el siguiente se presenta una demanda de Juicio Sucesorio Intestamentario de los Bienes de la persona fallecida, normalmente lo presenta la esposa, la concubina, las o los hijos ante el Juzgado especializado en materia familiar se presentan las pruebas documentales que acrediten la relación con la persona fallecida, es decir el acta de matrimonio o la información testimonial que acredite el concubinato, en su caso cuando hay hijos las actas de nacimiento de cada uno de ellos y el acta de defunción de la persona fallecida de los bienes de cujus por lo que la esposa o concubina solicitara se le declare en su caso como ALBACEA de los bienes de la persona fallecida ya que la sucesión se abre en el momento que muere el actor de la herencia y cuando se declara la presunción de muerte de un ausente.
Por lo que habiendo albacea nombrado deberá promover la reclamación y siendo omiso(a) en hacerlo, los herederos tienen derecho a pedir su remoción, es importante hacer mención que el derecho a reclamar la herencia prescribe en diez años y es transmisible a los herederos.
En resumen, para evitar que tus herederos realicen el Juicio abintestato es importante que hagas tu testamento que da seguridad y evíta problemas a tus herederos para contribuir a una cultura de prevención, de certeza y seguridad jurídica en el derecho a heredar ya que con el testamento al fallecer el testador, los bienes pasarán fácilmente y de forma sencilla a las personas que el mismo testador quiera, y en la proporción que el mismo disponga, es una medida para proteger el patrimonio del testador dando seguridad a los herederos.
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Por. – Maestro Juan Carlos Charleston Salinas, Abogado Postulante y Académico Juanccharlestonabogado@hotmail.com.
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