Cápsula jurídica.
Muchas personas y representantes de partidos amigos me han preguntado a través de mis redes sociales si está prohibido la propaganda política en el transporte público en taxis y camiones de transporte urbano esto debido a que ya iniciaron las campañas políticas y para nadie es un secreto que deambulan camiones camiones urbanos y taxis con publicidad política con fotos de las y candidatos en las partes traseras y laterales de los autobuses urbanos y en los medallones de los taxis.
Al respecto a la Luz de la Ley de Transporte Público del Estado de Veracruz SI ESTA PROHIBIDO ya que su artículo 12 párrafo tercero establece lo siguiente:
..” La instalación de publicidad en los vehículos del servicio de transporte público se sujetará a las disposiciones que determine la autoridad de transporte. Se prohíbe la instalación de propaganda política en las unidades del servicio de transporte público en todas las modalidades y submodalidades previstas en el artículo 118 de esta Ley”
Ahora bien en Coatzacoalcos hay más de quinientas unidades de servicio urbano y siete mil taxis sin contar los autobuses de pasajeros suburbanos con ruta fija o paradas autorizadas foráneos, de turismo, recreativos, escolar, para personal de empresas, transporte de materialistas en general de carga y carga especializada de grúas y todas esas también entran dentro de la prohibición de propaganda política.
Para concluir las autoridades responsables de supervisar la prestación de servicio público para que el transporte público no traiga propaganda política son el ejecutivo del Estado, la Secretaria de Seguridad Publica del Estado y la dirección de Transporte Publico.
Por lo que cualquier queja o denuncia que por ignorancia o desconocimiento de la ley se están realizando porque es una realidad que vemos y que dichas acciones manchan los procesos electorales que se avecinan no dando certeza jurídica de imparcialidad, transparencia y legalidad las y los candidatos, representantes de los partidos políticos que se duelen por estos hechos por la propaganda exagerada y colocada en el transporte público pueden presentar también su queja y denuncia ante el Instituto Nacional Electoral y el Ople para que no sea letra muerta y se respete la
Ley.
La finalidad de esta cápsula Jurídica es informar orientar y educar en la legalidad en temas actuales que puedan afectar a la comunidad y al bien común de la comunidad.
Por. – Maestro Juan Carlos Charleston Salinas, Abogado Postulante y Académico
Juanccharlestonabogado@hotmail.com.
Celular 921-14-108-35 y 921-225-25-41