“Las leyes nuevas deben respetar los derechos adquiridos”
La Pandemia se vive en el mundo y en nuestro país para nadie fue un secreto que nuestros legisladores aprovecharon el periodo de sesiones para AUTORIZAR LA REELECCIÓN HASTA POR CUATRO PERIODOS CONSECUTIVOS es decir doce años. Recordemos que “Sufragio Efectivo No reelección” fue Lema de campaña de Francisco I Madero en 1910 cuando se lanzó a Competir por la Presidencia de la República Mexicana en contra de Porfirio Díaz quien llevaba 35 años en el Poder.
La iniciativa de reforma presentada por el partido en el poder señala que la reelección tiene ventajas que van desde un vínculo más cercano con elector hasta la rendición de cuentas y la profesionalización de los legisladores; lo cierto es que las y los diputados llevarían ventaja por el salario que cobran en comparación de las y los ciudadanos que deseen participar en un proceso electoral postulados de manera independiente o por partido. Esta reforma debe apegarse al Principio de Igualdad de partes y evitar la ventaja de los diputados con los que vayan a participar como candidatos en el proceso es decir debe haber “piso parejo para todos en igualdad de armas y circunstancias” debido a que en lo económico y político la o el diputado lleva más ventaja en comparación con el ciudadano de pie que vive al día.
Los legisladores cuentan en lo económico con los recursos necesarios su salario, dietas, asistencia legislativa, atención ciudadana asciende a un millón 148 mil 447 pesos anual libres de impuestos más los recursos que le asignen su partido de financiamiento para su campaña de reelección, en lo político llevan ventaja el fuero constitucional (art 61), la estructura partidista, las relaciones políticas con los alcaldes de su distrito que apostarían a su reelección por lo que las reglas del proceso son disparejas, discriminatorias transgrede y vulnera los derechos civiles y políticos de la libertad de la persona que desee participar en la vía política de la sociedad y el Estado.
En conclusión: El diputado (a) que considere tener muchos méritos para reelegirse porque sus electores lo quieren debe pedir licencia sin goce de sueldo mínimo 90 días de anticipación del calendario del inicio de las campañas políticas ya que tiene un suplente que puede cubrir su curul existiendo igualdad de condiciones de los demás que participen en el proceso electoral como candidatos independientes o partidistas evitando la desventaja en los ciudadanos que participen en un proceso electoral los sueldos de las y los legisladores no se comparan con los del ciudadano que viven al día con estas reglas del juego el Ciudadano lleva desventaja en comparación de un legislador que utilizaría recursos propios, su salario y ahorros para su primera, segunda, tercera o cuarta reelección violando el artículo 1 constitucional ya que menoscaba el respeto a los derechos humanos reconocidos, la libertad y la prohibición de la discriminación la Convención Americana sobre derechos Humanos (Pacto de San José) en su artículo 23 inciso C establece que todas las personas tendrán acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país que todas las personas son iguales ante la ley en consecuencia tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley con relación a sus derechos políticos y civiles.
Sabías que: En México el Presidente de la Republica y los Gobernadores no puede Reelegirse en el mismo cargo por ningún motivo y que los gobernadores de los Estados, por ningún motivo podrán volver a ocupar ese cargo, ni aun con el carácter de interinos, provisionales, sustitutos o encargados del despacho.
Por: Mtro.-Juan Carlos Charleston Salinas.
Abogado