El reparto de utilidades es un derecho que tienen las y los trabajadores mismos que se encuentran consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el cual debe pagarse sesenta días posteriores a la declaración anual de impuestos que realice la empresa de conformidad a las normas establecidas es decir hasta que se realice el pago en el Sistema de Administración Tributaria en el mes de abril y en Mayo el pago del reparto de utilidades para las personas físicas que tuvieron una relación laboral bajo contrato con una persona moral y 30 de junio cuando el patrón es una persona física. Este derecho constitucional establece que debes recibir una parte proporcional de las ganancias de tu empleador que obtuvo por los servicios o actividad en el mercado. También tienes derecho a recibir este pago incluso si ya dejaste de trabajar en la empresa, siempre y cuando no hayas laborado ahí menos de 60 días.
Las empresas tienen la obligación de repartir el 10% de las utilidades fiscales que obtuvieron por sus actividades en base a dos criterios: el tiempo laborado y el salario que percibes.
¿Qué hacer si no te pagan al reparto de utilidades?
Acudir a la inspección de trabajo debido a que es un derecho colectivo recordando que la Profedet y la Procuraduria del trabajo de la localidad según la competencia que corresponda te brindará la asesoría jurídica gratuita.
¿Qué empresas no están obligadas a pagar el reparto de utilidades?
Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento, así como las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración. Instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes,
que no tengan fines de lucro. El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia y las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta sea menor a 300 mil pesos.
¿Como se fija el porcentaje de utilidades?
La ley Federal de Trabajo establece que se crea Una Comisión Nacional, integrada con representantes de los trabajadores, de los patronos y del Gobierno, fijará el porcentaje de utilidades que deba repartirse entre los trabajadores; La Comisión Nacional practicará las investigaciones y realizará los estudios necesarios y apropiados para conocer las condiciones generales de la economía nacional. Tomará asimismo en consideración la necesidad de fomentar el desarrollo industrial del País, el interés razonable que debe percibir el capital y la necesaria reinversión de capitales; La misma Comisión podrá revisar el porcentaje fijado cuando existan nuevos estudios e investigaciones que los justifiquen. La Ley podrá exceptuar de la obligación de repartir utilidades a las empresas de nueva creación durante un número determinado y limitado de años, a los trabajos de exploración.
La importancia es que la Ciudadanía conozca sus derechos en el mes del Dia del Trabajo que busca el equilibrio entre los factores de la producción, el trabajo y el capital.
Por. – Maestro Juan Carlos Charleston Salinas, Abogado.
Juanccharleston@hotmail.com. Celular 921-14-108-35
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