Capsula Jurídica.
Muchas personas han tenido dudas y me han preguntado a través de mi correo si con la entrada de la Guardia Nacional en caso de que el Ejercito cometiera un delito como se juzgaría si por el Tribunal Militar o por las autoridades civiles y la respuesta es que si comenten un delito del fuero común o federal deberán ser juzgados por autoridades del fuero civil, pero si comete un delito del fuero militar será juzgado por un tribunal militar.
Por citar un ejemplo un militar que comete un homicidio a un civil deberá juzgarse penalmente por el fuero común, el mismo caso sería si incumple con la obligacion de dar alimentos a sus menores hijos seria una demanda civil en el juzgado especializado en materia familiar del fuero común, si debe una suma de dinero y existe un pagare es un juicio ejecutivo mercantil en un Tribunal civil.
Serán Juzgados por Tribunales militares cuando cometan delitos de fuero militar es decir cuando se negare a obedecer o no cumpliere las ordenes legitimas de sus superiores relativas al servicio será castigado de tres meses y un día a dos años de prisión. Si se tratare de orden relativas al servicio de armas, se impondrá la pena de seis meses a seis años de prisión, el mismo caso cuando son por deserción, abuso de autoridad, abandono de servicio, infracción de deber correspondiente a cada militar según su comisión o empleo, traición a las fuerzas armadas, contra el honor militar, la administración de justicia entre otros se les aplicara el código de justicia militar.
Para concluir los Delitos de Orden Militar son aquellos delitos que únicamente pueden ser cometidos por un militar o miembro de las Fuerzas Armadas Mexicanas. En México, los Delitos del Orden Militar o Delitos contra la Disciplina Militar, son aquellos contenidos en el Código de Justicia Militar y todo delito del orden militar produce responsabilidad criminal, esto es, sujeta a una pena al que lo comete, aunque sólo haya obrado con imprudencia y no con dañada intención. Por lo que existe el llamado fuero de guerra o militar en México por ello existen tribunales militares como órganos judiciales llamados “forales” es decir mantiene vigente el fuero militar. Por lo que la persona que siendo parte de la milicia incurra en un delito, será juzgado por un tribunal del fuero o jurisdicción común y/o civil y la facultad de declarar que un hecho es o un delito de fuero de guerra, corresponde exclusivamente a los tribunales militares a ellos les toca declarar la inocencia o culpabilidad de las personas y aplicar las penas.
La importancia de conocer el derecho y contribuir a una sociedad más humanista. Aprovecho la ocasión para exhortarles #quedateencasa y salir para lo más estrictamente necesario.
POR. – MTRO. JUAN CARLOS CHARLESTON SALINAS, ABOGADO Y DEFENSOR DE OFICIO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO.
9211410835.