Cápsula Jurídica.
Principio de derecho:
“Quien puede lo más, puede lo menos”.
La locución en latín de este principio general del derecho es “Qui potest plis, potest minus”
Lo que significa que si uno es capaz de hacer lo más difícil sin duda podrá hacer lo más fácil.
Un ejemplo en materia familiar, donde se da la potestad a los abuelos de ejercer acción para solicitar convivencias con sus nietos, ésta potestad deriva de su derecho a ejercer incluso la patria potestad de sus nietos, así entonces, si los abuelos pueden ejercer la patria potestad (lo más), tienen derecho a solicitar convivencias. Es decir en éste caso “Quien puede lo más, puede lo menos”, se ve traducido a la patria potestad como lo más y lo menos es el derecho de convivencias.
El objeto de esta cápsula Jurídica es informar, orientar y educar en la legalidad al ciudadano de pie.
POR. – MTRO. JUAN CARLOS CHARLESTON SALINAS
ABOGADO POSTULANTE 921-14-108-35.
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